Implementación del Subsidio especial por desempleo parcial para trabajadores mensuales.
Implementación del Subsidio especial por desempleo parcial para trabajadores mensuales.
El Poder Ejecutivo, a través de resolución 163/2020 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, estableció un régimen especial de subsidio por desempleo para trabajadores mensuales de la actividad privada.
REQUISITOS
- · Trabajadores mensuales dependientes
- · En situación de suspensión parcial de actividades por: reducción de 6 días como mínimo en el mes de trabajo, días completos o reducción del 50 % del horario habitual.
- · La reducción debe causarse durante la vigencia de la resolución ministerial (30 días a partir del 18/03/2020).
DERECHO A PERCIBIR
En este caso el monto de la prestación será el equivalente al 25% del promedio mensual de las remuneraciones nominales computables que se hayan recibido en los seis meses anteriores inmediatos, el cual se deberá calcular de forma proporcional al tiempo en el cual el trabajador estará amparado al subsidio.
El trámite debe ser realizado ante BPS por el empleador enviando el listado de trabajadores comprendidos, dentro de los primeros 10 días del mes siguiente de producirse la reducción de días u horas de trabajo. El trabajador recibirá el pago del subsidio durante el mes siguiente de la reducción.
El porcentaje a cobrar según los días que se encuentre amparado al subsidio se calculará de acuerdo al detalle siguiente:
Amparo (días de suspensión) |
Cálculo BPS proporcional al amparo |
6 días |
12 % de sueldo promedio |
7 días |
14 % de sueldo promedio |
8 días |
16 % de sueldo promedio |
9 días |
18 % de sueldo promedio |
10 días |
20 % de sueldo promedio |
11 días |
22 % de sueldo promedio |
12 días |
24 % de sueldo promedio |
Más de 12 días |
25 % de sueldo promedio |
Fuente: https://www.bps.gub.uy/16874/subsidio-especial-por-desempleo-parcial-para-trabajadores-mensuales.html
Amparo (días de reducción 50 % del horario) |
Cálculo BPS proporcional al amparo |
6 días |
6 % de sueldo promedio |
7 días |
7 % de sueldo promedio |
8 días |
8 % de sueldo promedio |
9 días |
9 % de sueldo promedio |
10 días |
10 % de sueldo promedio |
11 días |
11 % de sueldo promedio |
12 días |
12 % de sueldo promedio |
Más de 12 días |
12,5 % de sueldo promedio |
Fuente: https://www.bps.gub.uy/16874/subsidio-especial-por-desempleo-parcial-para-trabajadores-mensuales.html
NORMATIVA ASOCIADA
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Autor: Lic.Rrll Shirley Corbo
25/03/2020
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